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Sala ordena separación de desechos sólidos en relleno sanitario de Santa Ana

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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó al ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como doce alcaldías del occidente del país, que separen y clasifiquen todos los desechos sólidos que están ingresando en el relleno sanitario de Santa Ana.

En una resolución firmada el viernes, la Sala ordenó dicha medida al MARN y a los concejos municipales de de Chalchuapa, Coatepeque, El Congo, El Porvenir, Masahuat, Metapán, San Antonio Pajonal, San Sebastián Salitrillo, Santa Ana, Santa Rosa Guachipilín, Texistepeque y Santiago de La Frontera.

La orden también incluye a la Asociación Ecológica de los Municipios de Santa Ana (ASEMUSA), a fin de que “en un plazo máximo de 30 días separen y clasifiquen (según la composición) todos los desechos sólidos que están ingresando en el relleno sanitario, de tal manera que garanticen, con certeza, que no se están depositando desechos peligrosos generados en los hogares”.

La Sala admitió el 22 de febrero de 2016 una demanda de amparo contra las autoridades antes mencionadas por “presuntamente omitir cumplir con sus deberes de protección al medio ambiente”, con lo cual vulneran los derechos a gozar de un medio ambiente sano, salud, igualdad y el derecho a la niñez a vivir en condiciones ambientales que le permitan su desarrollo integral, de los habitantes de dichos municipios.

En los informes emitidos por las autoridades demandadas, según un comunicado de la Sala, se señala que los desechos son depositados en el relleno sanitario de Santa Ana tal y como son recolectados de los hogares, sin que exista ningún tipo de separación.

Por ello no hay certeza sobre qué tipo de desechos se están depositando en el relleno sanitario, tomando en cuenta que los hogares también son fuentes de generación de desechos peligrosos.

Con base en lo anterior, “existe una probabilidad positiva que con esa actividad se esté generando una grave contaminación por materiales peligrosos en el lugar que puede provocar daños irreversibles al medio ambiente, los recursos naturales y potencialmente en la salud de las personas especialmente en las poblaciones más vulnerables como los niños y niñas”, dijo la Sala.

En vista de lo anterior, los magistrados emitieron nuevas medidas cautelares con la finalidad de evitar el daño ambiental en la zona.

El cumplimiento de estas medidas deberá ser verificada diariamente por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y semanalmente por el Juzgado Ambiental, junto con el equipo multidisciplinario, quienes deberán rendir los informes correspondientes cada quince días sobre el avance de su cumplimiento.

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